Nueva ley para crear un registro común de Seguros de vida. En España la mayor parte de estos seguros nunca se llega a cobrar por desconocimiento de su existencia. De hecho, uno de cada cuatro españoles dispone de algún seguro que cubre muerte o invalidez. Sin embargo, a la hora del fallecimiento o del suceso, sus familiares desconocen que existen estas pólizas y no pueden reclamarlas, por lo que pierden importantes cuantías económicas. La ley, que entrará en vigor dentro de seis meses, establece que el fichero facilitará información, previa petición, sobre el número de seguros de vida y accidentes con cobertura de fallecimiento que tenía contratados un difunto y las compañías que hubieran suscrito dichos contratos. Las entidades aseguradoras deberán comunicar periódicamente al fichero -cuya gestión estará centralizada en el Registro General de Actos de Ultima Voluntad- los datos relativos a las pólizas, así como si han satisfecho o no las indemnizaciones establecidas en los contratos. Al fichero, que mantendrá los datos durante un período de 5 años, tendrán acceso todas las personas que presenten el certificado de fallecimiento del allegado, siempre que hayan transcurrido 15 días desde la fecha de defunción.
|