Seguro Mixto: Modalidad de seguro de vida integrada por un seguro de ahorro y un seguro de riesgo, en virtud de la cual, si el asegurado fallece antes del plazo previsto, se entregará a sus beneficiarios la indemnización estipulada, y si sobrevive a dicho plazo se le entregará a él el capital establecido por el contrato. Las formas más importantes en que suele manifestarse este tipo de seguro son las siguientes: a) Seguro mixto completo. Seguro mixto típico que, además, tiene la particularidad de que si el asegurado vive al vencimiento de la operación participará también en los beneficios de la póliza con un determinado porcentaje sobre el capital asegurado. b) Seguro mixto doble. Sus características son similares a las del seguro mixto simple, con la particularidad de que el contrato no se extingue con el pago del capital establecido al asegurado si vive al vencimiento de la póliza, puesto que, a partir de ese momento y sin más pago de primas, se garantiza también el pago del capital a los beneficiarios inmediatamente después de producirse el fallecimiento del asegurado. Por tanto, en estas circunstancias el capital asegurado sería satisfecho dos veces. c) Seguro mixto revalorizable. Sus garantías son, en esencia, idénticas a las establecidas para el seguro mixto simple. Su nota diferencial es que el capital asegurado en cada año aumenta en un determinado porcentaje de revalorización, convenido previamente. d) Seguro mixto simple. Garantiza el pago del capital establecido a los beneficiarios designados al producirse el fallecimiento del asegurado, en el caso de que el óbito tenga lugar antes del vencimiento del contrato; en caso contrario, será el propio asegurado quien perciba el capital garantizado. e) Seguro mixto variable. Su peculiaridad con respecto a los restantes seguros mixtos es que, en caso de supervivencia, el asegurado va percibiendo el capital asegurado distribuido en determinados porcentajes y pagado en diferentes momentos.
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