Oferta del Seguro: Para distinguirla de la solicitud de seguro (véase este concepto), se da este nombre a la que efectúa el propio asegurador, que propone las condiciones y términos en que llevaría a cabo la cobertura del riesgo. De acuerdo con la legislación española, mientras que la solicitud no obliga al solicitante, la proposición u oferta de seguro realizada por un asegurador vincula a éste durante un plazo de quince días. En todo caso, por acuerdo de las partes, los efectos del seguro pueden retrotraerse al momento en que se presentó la solicitud o se formuló la proposición.
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