Caución: (seguro de...) Según la Ley de Contrato de seguros: "El asegurador se obliga, en caso de incumplimiento del Tomador del Seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al Asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. Todo pago hecho por el Asegurador deberá serle reembolsado por el Tomador del seguro "El Tomador siempre es el deudor".
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